Federación Riojana de Tiro con Arco

ANEXO I: CESION DERECHOS DE IMAGEN

ANEXO I: CESIÓN DERECHOS DE IMAGEN

El inscrito, al aceptar las condiciones de participación, autoriza a la FEDERACION RIOJA DE TIRO CON ARCO en adelante la FRTA, así como a todas aquellas terceras personas físicas o jurídicas a las que la FRTA pueda ceder los derechos de explotación sobre los contenidos audiovisuales, o parte de los mismos, a que indistintamente puedan utilizar todas las fotografías, vídeos o documentos sonoros generados durante la celebración del Campeonato objeto de esta inscripción, o partes de los mismos, en los que el afectado pudiera intervenir como participante o espectador.

Esta autorización no tiene ámbito geográfico determinado por lo que la FRTA, y otras personas físicas o jurídicas a las que la FRTA pueda ceder los derechos de explotación sobre dichos contenidos audiovisuales, podrán utilizarlos en todos los países del mundo sin limitación geográfica de ninguna clase.

Esta autorización se refiere a la totalidad de usos que puedan tener los citados contenidos audiovisuales, o partes de los mismos, en las que pudiera aparecer, utilizando los medios técnicos y soportes conocidos en la actualidad, particularmente los soportes escritos, audiovisuales y electrónicos, incluido internet, y los que pudieran desarrollarse en el futuro, y para cualquier aplicación. Todo ello con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones o aplicaciones que pudieran atentar al derecho al honor en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y familiar y a la Propia Imagen.

Esta autorización no fija ningún límite de tiempo para su concesión ni para la explotación de dichos contenidos audiovisuales, o parte de los mismos, en los que pudiera aparecer, por lo que mi autorización se considera concedida por un plazo de tiempo ilimitado.

La presente cesión se efectúa a título gratuito. El cedente no recibe contraprestación alguna a cambio de la cesión de los derechos de imagen al cesionario, como tampoco podrá pedir en el futuro una contraprestación a cambio de la utilización, dentro de los términos descritos, de dichos contenidos por parte de la FRTA, o por otras personas físicas o jurídicas a las que ésta pueda ceder los derechos de explotación.

De conformidad con La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos.